CONVENCIÓN COLECTIVA
El elemento normativo de la convención se traduce en una serie de disposiciones, con vocación de permanencia en el tiempo, instituidas para regular las relaciones de trabajo individual en la empresa; en virtud de dichas disposiciones se establecen anticipadamente y en forma abstracta las estipulaciones que regirán las condiciones individuales para la prestación de los servicios, esto es, los contratos individuales de trabajo. Las cláusulas convencionales de tipo normativo constituyen derecho objetivo, se incorporan al contenido mismo de los contratos de trabajo y, en tal virtud, contienen las obligaciones concretas del patrono frente a cada uno de los trabajadores, como también, las obligaciones que de modo general adquiere el patrono frente a la generalidad de los trabajadores., las que fijan la jornada de trabajo, los descansos, los salarios, prestaciones sociales, el régimen disciplinario, o las que establecen servicios comunes para todos los trabajadores en el campo de la seguridad social, cultural o recreacional.
Todo colombiano tiene derecho a pertenecer a un sindicato y con ello participar dentro de la convención colectiva de su organización con la entidad que labora, en caso que se presente una presunta violación al derecho de asociación negativa a negociar y persecución sindical el ministerio sera el encargado para dirimir dicha solicitud también en caso que sea violada la convención el ministerio de trabajo bajo la supervisor del grupo de inspección vigilancia y control de cada dirección territorial iniciara una investigacion para determinar si hay dicha violación o no.