EL SALARIO
El código sustantivo del trabajo nos estipula la fijación del salario y los porcentajes en aumento cada año, la comisión nacional del servicio civil estipulo el nivel salarial de los empleados públicos y el sena lo hizo con los trabajadores privados. según la ley cada trabajador debe de tener una jornada laboral no mayor a 48 horas según lo estipula CST ART 161. pero si hay un permiso del ministerio de trabajo para la autorización de laborar horas extras cada empresa deberá de pagar los porcentajes según sea en caso solo podrán laborar 2 horas diarias extras.
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